Libros extraviados |
Si un usuario extravía un libro entonces, deberá comunicarlo inmediatamente a la biblioteca mediante la forma FE. |
Si usted comunica el extravío de un libro en una fecha posterior a la fecha de devolución entonces, se le aplicarán las sanciones por retraso que apliquen según el tipo de usuario. |
Los usuarios deberan reponer los libros extraviados mediante la compra de otro ejemplar o del pago de una multa cuyo monto mínimo es de $1500 pesos. El monto de la multa podra ser mayor si el libro lo amerita. |
No se aceptarán otros libros en pago de un libro extraviado. Tampoco se aceptarán fotocopias. |
El plazo para reponer un libro extraviado es de dos meses. |
Artículo 117 del capítulo Transitorios |
"Los libros extraviados por usuarios detectados en el inventario 2008-2009 no serán motivo de las sanciones previstas en este reglamento. Estos serán repuestos en la medida de lo posible y de las necesidades, con el esfuerzo conjunto de La Biblioteca y los usuarios responsables." |